• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JOSE ENRIQUE MORA MATEO
  • Nº Recurso: 1056/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: IGNACIO NAVAS HIDALGO
  • Nº Recurso: 39/2021
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: LUIS REVILLA PEREZ
  • Nº Recurso: 5847/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la empresa su condena (por despido improcedente y extinción indemnizada del contrato por retrasos salariales; además de la también acumulada reclamación de cantidad) a través de un primer motivo de nulidad con base en una supuesta incongruencia en la que incurriría la sentencia al resolver la calificación del despido económico-objetivo aplicando una Norma (Ley 3/2021) no invocada de contrario. Reproche jurídico-formal que la Sala rechaza al responderse a una cuestión de iura novit curia cual era si podía aquélla acudir a la figura del despido objetivo por causas económicas vinculadas a la pandemia COVID-19; advirtiendo el Tribunal (en armonía con lo ya decidido en aplicación de la Legislación Especial asociada a la misma) que si se acreditan nuevas causas (aun vinculadas al COVID-19 o las utilizadas para suspensiones o reducciones aprobadas en un ERTE COVID), o estas se han agravado podrá acudir al despido objetivo. Respecto del cumplimiento del requisito de la puesta a disposición de la indemnización, y conforme a una consolidada jurisprudencia, confirma el criterio de instancia al considerar que los graves problemas de tesorería no implican per se ausencia de voluntad rebelde a atender la exigencia legal constitutiva; concurriendo también un grave incumplimiento empresarial por retraso continuado y relevante en el abono de los salarios, en los términos que el mismo ha sido analizado por la jurisprudencia.
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: VANESSA CABALLERO GARCIA
  • Nº Recurso: 1015/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: RAFAEL RUIZ DE LA CUESTA MUÑOZ
  • Nº Recurso: 781/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Alicante/Alacant
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER GUIRAU ZAPATA
  • Nº Recurso: 853/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JESUS MARIA MARTIN MORILLO
  • Nº Recurso: 37/2023
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: CONFLICTO COLECTIVO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: SALVADOR CALERO GARCIA
  • Nº Recurso: 191/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ERNESTO PASCUAL FRANQUESA
  • Nº Recurso: 907/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La resolución apelada atribuye a D. Balbino la facultad de decidir sobre la administración de las vacunas contra el Covid-19, VPH, y en general, para la administración de las previstas en el calendario de vacunaciones de la Generalitat de Catalunya, a la menor Coro, conforme a las directrices de las autoridades sanitarias. Interpone recurso de apelación la Sra. Azucena, mediante el que alega que se ha producido un error en la valoración de la prueba, la hija pasó la infección y la ha superado, teniendo anticuerpos; se duda de la seguridad de las vacunas y tiene diversas intolerancias alimentarias por lo que la vacuna está contraindicada. Señala la Sala que sin perjuicio de que es una evidencia que la menor tiene anticuerpos lo que se ha acreditado mediante la prueba serológica. entendemos como hace la juzgadora que pasar la enfermedad no impide reinfecciones, también que, pese a que la situación pandémica ha mejorado, la enfermedad sigue contagiándose; la vacuna contra el Covid-19 ha sido aprobada por la Agencia Europea del Medicamento y por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, lo que permite suponer que se ha elaborado con las máximas garantías de calidad, seguridad y eficacia. Asimismo, Se trata además de una vacunación avalada por la Organización Mundial de la Salud y se añade que según el historial clínico se detecta que tiene alergia a las nueces, dermatitis atópica e impétigo, por lo que, no existe contraindicación para las vacunas oficial.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL DE LOS REYES SAINZ DE LA MAZA
  • Nº Recurso: 294/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se alega por la parte demandada que ocupan la vivienda en virtud de contrato de arrendamiento verbal con quien era el propietario, pero es hecho no acreditado, por lo que no existe título que justifique la ocupación. Además, se establece que la parte demandada no ha probado que se encuentre en situación de vulnerabilidad, al no aportar ni con su contestación ni en el juicio acto alguno que lo acreditase, y, de haberlo probado, solo podría suspenderse el lanzamiento y no el proceso de desahucio como se pretende, pues así lo establece el RDL 16/21 por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, aplicable a este supuesto.

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